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Argentina emite legislación secundaria para generación distribuida

El nuevo decreto, que regula la ley de generación distribuida (Ley 27.424) promulgada a fines de 2017, está destinado a respaldar la generación distribuida de fuentes de energía renovable bajo medición neta.

02/11/2018
En Eólica
Argentina emite legislación secundaria para generación distribuida
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El gobierno de  hizo oficiales las nuevas reglas (Decreto 896/2018) que regulan la ley de generación distribuida promulgada a fines de 2017 (Ley 27.424).

Esta legislación secundaria era un paso necesario para aclarar cómo se utilizarán los incentivos fiscales y financieros del esquema.

El decreto establece, entre otras cosas, que la generación distribuida para autoconsumo se apoyará a través de la venta del exceso de energía mediante un mecanismo de medición neta y que los proveedores de energía se verán obligados a comprar esta energía a los propietarios de generadores de electricidad de energía renovable.

Con las nuevas reglas, además, se creará el Fondo para la Generación Distribuida de Energías Renovables (FODIS) de aproximadamente 500 millones de pesos (13.9 millones de dólares), para ayudar a los propietarios de viviendas y pequeñas y medianas empresas a resolver el desafío del financiamiento. Es interesante notar, sin embargo, que en el momento de la promulgación de la ley, la suma de 500 millones de pesos correspondía a alrededor de $ 28.7 millones, y que esa baja fue debida al hecho de que que el peso argentino cayó más de un 50 % frente al dólar este año.

Las provincias ahora tendrán que dar su adhesión formal a la nueva legislación.

La ley del país para la generación distribuida establece que los usuarios que pretendan instalar sistemas de energía con una capacidad mayor que la necesaria para sus necesidades de electricidad deben solicitar una autorización especial del distribuidor de energía.

Además, establece que todos los proyectos de construcción para edificios públicos deben incluir instalaciones de generación distribuida de fuentes renovables; y las compañías de distribución no pueden agregar cargos adicionales por el mantenimiento y uso de la red, el respaldo eléctrico o cualquier otro tipo de tarifa asociada con la instalación de sistemas de generación distribuida.

 

Fuente: PV Magazine

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