Mendoza flexibiliza el marco legal para generar energías limpias

El Ministerio de Energía y Ambiente de la provincia de Mendoza publicó el Decreto 1.133 por el que flexibilizó el acceso a los beneficios establecidos por la Ley 7.822, que declara de interés provincial a la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables. “El decreto le dará un beneficio a los generadores de energía renovable en cuanto a la excepción de ingresos brutos e impuesto al sellado en el contrato de venta de energía por el período que venda su energía, independientemente de que esté radicado en la provincia o fuera de la misma”, explicó Manuel Sánchez Bandini, subsecretario de Energía y Minería de Mendoza.

Según sus palabras, “antes ya existía desde Nación, pero sólo estaba supeditado a las empresas de venta de energía que tuvieran un CUIT radicado en Mendoza”. El decreto en cuestión alcanzará a titulares de un proyecto de inversión de obras nuevas de producción de energía eléctrica generada a partir de fuentes renovables (o quien en el futuro lo reemplace) cuya producción esté destinada al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), la prestación de servicios públicos y/o al autoconsumo. El titular del proyecto deberá ser titular de una concesión y/o autorización para generar energía eléctrica en los términos de la Ley 24.065 y sus modificatorias, o en los casos en que correspondiere, de lo establecido por las legislaciones y normativas provinciales y/o municipales.

Aunque el Ministerio de Energía y Ambiente, o quien en el futuro lo reemplace, podrá contemplar la inclusión de otras figuras legales siempre que ellas impliquen la responsabilidad del titular de la inversión por su construcción, operación y mantenimiento. “Por otro lado, los proyectos no deberán tener una potencia mínima para optar por ese beneficio, ya que incluso estamos instrumentando tener esa excepción para el segmento de la generación distribuida”, complementó Manuel Sánchez Bandini.

Fuente: Energía Estratégica

Exit mobile version