De qué trata el decreto que permite importar basura de otros países

Con la actualización de dos decretos sobre la importación de residuos peligrosos, el Gobierno puso en alerta a las cooperativas que reciclan los desechos domiciliarios, industriales y comerciales no peligrosos. Les preocupa que el ingreso al país de residuos con valorización disminuya su participación en el mercado local del reciclaje. Desde la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, negaron que el cambio normativo vaya a afectar la tarea de los recuperadores urbanos.

El Decreto N° 591, que se publicó en el Boletín Oficial la semana pasada, reemplaza artículos de los decretos 181 y 831 de comienzo de la década del 90. En 30 días, cuando estos cambios entre en vigor, se mantendrá la prohibición de importar residuos, excepto cuando sean reciclados o recuperados para otros usos. Pero, en esos casos, ya no será obligatorio presentar un certificado del país de origen que acredite que no se trata de residuos peligrosos para la salud o el ambiente. “En la práctica resulta de imposible cumplimiento, por cuanto los países exportadores únicamente emiten constancias indicando que en el marco regulatorio local, la corriente residual no es considerada un residuo peligroso”, señala el decreto.

Además, se redefine el concepto de esos residuos. “Dado los avances, aquellos residuos que han pasado por operaciones adecuadas y suficientes de tratamiento, incluyendo la segregación, acopio y/o acondicionamiento para fines específicos, según los criterios técnicos, dejan de ser considerados como tales y actualmente son destinados a un proceso productivo e incluso son comercializados como insumos, materias primas o productos, tales como los desechos de papel y cartón, la chatarra ferrosa, la chatarra de aluminio, los desechos de material plástico y el cascote de vidrio, entre otros”, fundamenta el decreto.

Para Enrique Viale, presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, el nuevo decreto es cuestionable judicialmente: “Viola el principio de no regresión ambiental y de protección del ambiente. Estamos muy preocupados”, dijo a LA NACIÓN. “Quitar el requisito de presentar el certificado de inocuidad abre una caja de Pandora porque ese documento garantizaba que no se trataba de elementos peligrosos ni radioactivos. Esto nos puede convertir en una suerte de repositorio del mundo.”

Sólo en la ciudad de Buenos Aires, los recuperadores urbanos ayudan a reciclar unas 600 toneladas de basura por día, lo que es un 10% de la recolección diaria. “Son los ambientalistas más importantes de las ciudades”, sostuvo Viale. “Ellos dependen del precio de esos reciclables: si hay más oferta, va a haber menos demanda, lo que sería un golpe letal a los recicladores. En el país, ni siquiera estamos en una situación ni cercana a un proceso de reciclaje más o menos racional.”

Por su parte, desde la Secretaría de Ambiente de la Nación negaron que esta actualización normativa vaya a afectar a las cooperativas de recicladores urbanos y defendieron la necesidad de actualizar los requisitos de importación. “Sigue terminantemente prohibida la importación de residuos”, insistió Juan Trebino, subsecretario de Fiscalización y Recomposición de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.

Las normas que rigen el manejo de los residuos en el país incluye desde la Constitución Nacional, que protege el derecho a un ambiente “sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano”, y cinco convenios internacionales hasta leyes y decretos, entre los que están la Ley 24.051 sobre Residuos Peligrosos y su Eliminación, reglamentada por el decreto 831 de 1992 que fue modificado, según expresa la nota de La Nación.

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