• Biocombustibles
  • Eólica
  • Solar
  • Desarrollo Sustentable
  • Investigación
  • Medio Ambiente
Revista Nuevas Energias
  • Biocombustibles
  • Eólica
  • Solar
  • Desarrollo Sustentable
  • Investigación
  • Medio Ambiente
No Result
View All Result
  • Biocombustibles
  • Eólica
  • Solar
  • Desarrollo Sustentable
  • Investigación
  • Medio Ambiente
No Result
View All Result
Revista Nuevas Energias
No Result
View All Result
Home Desarrollo Sustentable

Otorgarán hasta $1.000.000 de crédito fiscal a quienes generen electricidad de energías renovables

12/07/2019
En Desarrollo Sustentable
Otorgarán hasta $1.000.000 de crédito fiscal a quienes generen electricidad de energías renovables
269
COMPARTIDOS
1.8k
VISTAS
Compartir en FacebookCompartir en Twitter

El Gobierno otorgará hasta $1 millón de crédito fiscal a los usuarios que generen electricidad a partir de fuentes de energías renovables, y la vuelquen a la red de distribución.

Lo decidió a través de la disposición 83/2019 de la Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética, publicada en el Boletín Oficial.

La misma aprobó el “Procedimiento para la Obtención del Certificado de Crédito Fiscal del Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energías Renovables”, y dispuso los montos a asignar como beneficio promocional.

El Certificado de Crédito Fiscal se otorgará a usuarios generadores que instalen nuevos equipos de generación distribuida.

La compra del mismo por el cual se solicita el beneficio deberá ser posterior a la fecha de entrada en vigencia de la disposición 48 del 16 de abril de 2019 de la Subsecretaría.

Un usuario generador podrá recibir como máximo un Certificado de Crédito Fiscal, por punto de suministro, identificado con el correspondiente Número de Identificación de Suministro (NIS).

El monto de este beneficio será equivalente a $ 15 por unidad de potencia expresada en vatios, para aquellos usuarios generadores que hayan instalado un equipo de generación distribuida con conexión a la red de distribución.

Este monto será otorgado hasta un máximo de $ 1 millón, y será aplicable para las solicitudes de reserva de cupo aprobadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2020.

El Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública, procura establecer las condiciones jurídicas y contractuales para la generación de energía eléctrica de origen renovable por parte de usuarios de la red de distribución, para su autoconsumo con eventual inyección de excedentes a la red.

Para ello se estableció un régimen de beneficios promocionales a fin de incentivar la generación distribuida de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, destinado a los usuarios generadores que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en todo el marco normativo.

La resolución precisó que la instrumentación y aplicación del Certificado de Crédito Fiscal, será regulada por la Subsecretaría y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Los bonos electrónicos representativos de los Certificados Fiscales emitidos tendrán una vigencia de cinco años, contados desde el 1 de enero del año siguiente al de la fecha de otorgamiento.

Fuente: Télam

Anterior

Universidades apuestan a generar la energía necesaria a partir del sol

Siguiente

Ya se construye el primer tren solar de América Latina en Jujuy

Siguiente
Ya se construye el primer tren solar de América Latina en Jujuy

Ya se construye el primer tren solar de América Latina en Jujuy

No Result
View All Result

Recent Posts

  • La Feria Intersolar Europe 2025: un punto de encuentro para la innovación en energía renovable
  • Corrientes se ilumina con una nueva planta de energía renovable
  • Argentina lidera la revolución energética con un proyecto de energía undimotriz

Recent Comments

    Archives

    • mayo 2025
    • abril 2025
    • marzo 2025
    • febrero 2025
    • enero 2025
    • diciembre 2024
    • noviembre 2024
    • octubre 2024
    • septiembre 2024
    • agosto 2024
    • julio 2024
    • junio 2024
    • mayo 2024
    • abril 2024
    • marzo 2024
    • febrero 2024
    • enero 2024
    • diciembre 2023
    • noviembre 2023
    • octubre 2023
    • septiembre 2023
    • agosto 2023
    • julio 2023
    • junio 2023
    • mayo 2023
    • abril 2023
    • marzo 2023
    • febrero 2023
    • enero 2023
    • diciembre 2022
    • noviembre 2022
    • octubre 2022
    • septiembre 2022
    • agosto 2022
    • julio 2022
    • junio 2022
    • mayo 2022
    • abril 2022
    • marzo 2022
    • febrero 2022
    • enero 2022
    • diciembre 2021
    • noviembre 2021
    • octubre 2021
    • septiembre 2021
    • agosto 2021
    • julio 2021
    • junio 2021
    • mayo 2021
    • abril 2021
    • marzo 2021
    • febrero 2021
    • enero 2021
    • diciembre 2020
    • noviembre 2020
    • octubre 2020
    • septiembre 2020
    • agosto 2020
    • julio 2020
    • junio 2020
    • mayo 2020
    • abril 2020
    • marzo 2020
    • febrero 2020
    • enero 2020
    • diciembre 2019
    • noviembre 2019
    • octubre 2019
    • septiembre 2019
    • agosto 2019
    • julio 2019
    • junio 2019
    • mayo 2019
    • abril 2019
    • marzo 2019
    • febrero 2019
    • enero 2019
    • diciembre 2018
    • noviembre 2018
    • octubre 2018
    • septiembre 2018
    • agosto 2018
    • julio 2018
    • junio 2018
    • mayo 2018

    Categorías

    • Actualidad
    • Biocombustibles
    • Biomasa
    • Desarrollo Sustentable
    • Energía
    • Eólica
    • Internacionales
    • Investigación
    • Medio Ambiente
    • Petróleo
    • Solar
    • Uncategorized

    Meta

    • Iniciar sesión
    • Feed de entradas
    • Feed de comentarios
    • WordPress.org
    Revista Nuevas Energias

    Secciones

    • Quienes Somos
    • Como Anunciar / Contáctenos
    • Como publicar
    • Media Kit
    • Newsletter diario
    • Staff
    • Biocombustibles
    • Desarrollo Sustentable
    • Eólica
    • Internacionales
    • Investigación
    • Medio Ambiente
    • Solar

    Redes Sociales

    No Result
    View All Result

    Go to mobile version