El Ministerio de Energía y Minas de Perú acaba de someter a consulta pública el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Generación Distribuida, que es la legislación secundaria que se esperaba para implementar la Ley de Generación Distribuida que había sido promulgada en el lejano 2015.
En una entrevista con el medio PV Magazine el presidente de la Sociedad Peruana de Energías Renovables, Juan Coronado, ha explicado que las nuevas reglas, que no necesitan de la aprobación del Parlamento para entrar en vigor ya que se trata de un Decreto Supremo que solo necesita la firma del Presidente de la República, deberían entrar en vigencia más o menos en 30 días, después de su publicación en el boletín oficial del país andino.
Las nuevas reglas introducen dos tipologías de generadores con dos regímenes de tarifas distintos. Para las instalaciones de potencia de hasta 200 kW se prevé la introducción de esquema de net-billing que permitirá la venta de los excedentes de energía no autoconsumida a la red, la cual será pagada a través de un sistemas de descuentos en las cuentas eléctricas. “Todavía falta claridad sobre la tarifa y sobre los trámites necesarios para acceder al esquema, pero la fotovoltaica residencial, comercial e industrial tendrá seguramente niveles de desarrollos mayores gracias a estas nuevas reglas,” dijo Coronado. “Por otra parte, ya antes de la publicación de las reglas, los tres segmentos ya habían mostrado un crecimiento muy interesante. Nos gustaría que el gobierno le facilite los trámites y no cargue costos innecesarios a los usuarios domiciliarios, rurales y Pymes” agregó él destacando que existe una gran oportunidad para dinamizar una nueva industria de instaladores, importadores y fabricantes de sistemas fotovoltaicos.
Además, el gobierno peruano ha previsto un esquema de remuneración para los proyectos de renovables de potencia de entre 200 kW y 10 MW que, según Coronado, es muy parecido al esquema para Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD) de Chile. Este esquema permite a los propietarios de generadores de energía renovable que se les conceden precios de barra que son más altos que los precios del mercado spot, ya que los precios son calculados por la autoridad en función a la oferta y la demanda. Además, el programa asegura la conexión automática a la red de voltaje medio y la certeza de que toda la producción de energía se inyectará a la red.
Según Coronado, sin embargo, esta regulación no incluye por ahora un mecanismo de estabilización del precio lo cual es necesario para la bancabilidad de los proyectos. La electricidad vendida a la red, sin embargo, se pagará al precio básico del mercado. “Lo cual es ya en sí una buena noticia, como en general lo es la creación de este esquema para productores de mediana escala que demuestra una nueva visión de apoyo a las energías renovables del Ministerio,” comentó Coronado. “Está muy claro que unas reglas más cercanas a las de Chile podrían permitir mejores condiciones de financiación,” dijo también Coronado.
La introducción de esta legislación secundaria es indudablemente lo que le faltaba al mercado fotovoltaico peruano para empezar a volverse en un mercado maduro. De hecho el país lleva años implementado acciones y licitaciones para fomentar la solar a gran escala y antes del fin del año debería celebrar otra subasta. El bajo nivel de desarrollo de la fotovoltaica sobre cubierta, sin embargo, imponía el país estar al paso con los otros países de América Latina, que ahora tienen casi todos unas reglas claras para la generación distribuida.
Fuente: PV Magazine
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